Miami, EE.UU.- Una pregunta que nos hacen con bastante frecuencia es sobre ¿si un dominicano es Residente de los Estados Unidos, pero realmente vive en República Dominicana o en otro país, puede aplicar a la Ciudadanía?

La respuesta real es No. Una persona para poder aplicar a la ciudadanía tiene que cumplir con los requisitos de Residencia y de presencia continua, dependiendo de si esta persona es esposa de ciudadano o si adquirió la residencia mediante otros mecanismos.

En este caso, si eres esposa de ciudadano, tienes que en un periodo de tres años demostrar que año y medio estas residiendo en Estados Unidos de manera continuo.

Si por ejemplo recibiste la Residencia por otros medios, con matrimonio con un ciudadano, debes residir dentro de Estados Unidos por cinco años, y al menos dos años y medio de manera continua.

Que sucede, en muchas ocasiones personas que residen en República Dominicana aplican a la ciudadanía y la obtienen, pero evidentemente han cometido fraude en sus aplicaciones, porque indican que han residido en Estados Unidos y que sus viajes han sido menos que los tiempos que colocan, pues en esa ocasión no fueron captados, no se dieron cuenta, no fueron agarrados por autoridades. Eso quiere decir que estas mintieron en sus aplicaciones.

Muchos pueden salirse con la suya, pero esto no es lo apropiado. En esta ocasión no fueron captados.
“Un consejo que damos como abogada de Migración, es que así mismo, como a estas personas no le fueron captadas las mentiras que dijeron, muchas otras sí los oficiales de Migración se dan cuenta.
¿Qué sucede cuando un oficial de Migración se da cuenta de que esta persona mintió?

En ese caso, esa persona carece de carácter moral, y no podrá volver a aplicar a la Ciudadanía dentro de los cinco años y la persona no podrá aplicar

¿QUÉ DEBEMOS SABER?

Cumplir con los requisitos que son reales. Nosotros debemos residir en los Estados Unidos para poder aplicar a la Ciudadanía. No hay forma real, de manera legal, de poder aplicar a la Ciudadanía, si no estas residiendo y estando, obviamente, dentro del país.

  1. Que este esté recibiendo un salario dentro de EE.UU.
  2. Que tenga evidencia de que está residiendo y que paga sus facturas, o de que tenga una renta, que puede confirmar que vive en el país.

“Hay muchas personas que, por ejemplo, dentro del periodo de los cinco años, esperan que transcurra tres años para poder aplicar, por qué, porque lo que se comentado, lo que se tiene que demonstrar es que la persona de cinco años, esté residiendo al menos los dos años y medio, y si de esos se cumple con la presenta física, con la cantidad de días exactos que se requiere, entonces nosotros podemos aplicar a la Ciudadanía, y la declaración de impuestos.

Nuestra recomendación es que deben de tratar de hacer las cosas por lo legal, porque si no, puede ser peor.

FUENTE: elcaribe

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